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La Comisión Permanente requirió a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana un reporte sobre los mecanismos empleados en la ministración de uniformes y distintivos a los nuevos elementos de la Guardia Nacional, que apenas está entrando en funciones.
Pidió acciones que regulen y resguarden la identidad de los elementos, de los uniformes e insignias distintivas de ese cuerpo de seguridad, a fin de evitar su utilización por personas ajenas a éste, así como garantizar la gratuidad de los uniformes a sus integrantes.
En el dictamen de la Primera Comisión, aprobado por la Asamblea, se señala que afuera de las instalaciones militares ya se pueden conseguir, desde tocados, hasta brazaletes con la insignia de este organismo encargado de la seguridad de los mexicanos.
Hay locales, señala, que venden los accesorios de la Guardia Nacional, mismos que compran los elementos del Ejército, aunque cualquier persona puede adquirirla.
Resulta de gran importancia tomar las medidas conducentes para restringir la venta de estos uniformes y distintivos, a efecto de que sólo puedan ser vendidos sólo a la corporación policial y no a todo público, dice el documento.
En el artículo 125 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, se sanciona a toda aquella persona que comercialice uniformes y divisas de uso exclusivo de las corporaciones de seguridad del Estado mexicano.