28 de marzo de 2024

Senado impone de 7 a 13 años de prisión a quien ataque a mujeres con ácido

Por unanimidad, con 79 votos a favor, el Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal Federal, para tipificar y sancionar con cárcel los ataques con ácido o sustancias químicas contra mujeres.

El dictamen adiciona un artículo 297 Bis a dicho ordenamiento, para establecer que se impondrán de siete a 13 años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien por sí o por interpósita persona cause a otro lesiones con cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar.

Y provoque en una mujer un daño o enfermedad incurable; la inutilización completa o la pérdida de una extremidad u órgano; cuando quede perjudicada cualquier función orgánica o se genere alguna discapacidad o deformidad incorregible en la piel.

Plantea que esta pena aumente en dos terceras partes, cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza.

De acuerdo con la reforma, el personal de salud deberá notificar al Ministerio Público de todos los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban para atención médica; además, el Ministerio Público tendrá la obligación de garantizar la reparación del daño integral, adecuada, eficaz, efectiva y proporcional a la gravedad del daño, tal y como lo señala el artículo 30 de este ordenamiento.

El proyecto, que se remitió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales, también modifica el artículo 85 del Código Penal Federal, a fin de establecer que no se concederá la libertad preparatoria a los sentenciados por el delito de lesiones previsto en el artículo 297 Bis.

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