19 de abril de 2024

«De las reformas constitucionales a la regulación de la cannabis”: Hoy en el Congreso

Eduardo García Polinciano

Buen inicio de semana, estos son algunos de los temas de la semana en el Congreso de la Unión.

Reformas Constitucionales:

El 11 de marzo la Cámara de Senadores realizó sesión presencial para aprobar 11 reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en diferentes materias; de ellas, se turnaron a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo las siguientes:

  1. reforma el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de justicia digital), para no que haya rezago en pandemia
  2. reforma a los artículos 5, 17 y 21 (en materia de justicia cívica), tiene que ver con trabajo comunitario para delitos menores
  3. adición de un párrafo tercero al artículo 2 (en materia de reconocimiento como lenguas nacionales, al español y a las lenguas indígenas) aprueban incorporar el lenguaje incluyente en la Constitución.
  4. reforma los artículos 30 y 34 (en materia de lenguaje incluyente)
  5. reforma al artículo 105 (en materia de acciones de inconstitucionalidad), faculta al Senado y a Cámara de Diputados para poder presentar acciones de inconstitucionalidad contra reformas aprobadas por los congresos locales que vulneren la carta magna.
  6. Adición de una fracción X al artículo 116 (en materia de símbolos de las entidades federativas) aprueban facultar a las entidades federativas para legislar en materia de símbolos estatales, como son: himno, escudo y bandera, a fin de fomentar el patrimonio cultural, historia e identidad local.
  7. Reforma al artículo 26 (en materia de planeación).

Se turnaron a las legislaturas de los congresos locales las siguientes reformas:

  1. Adiciona una fracción XXIII Bis al artículo 73 (en materia de seguridad privada). propone incluir en la Constitución la facultad del Congreso para expedir la Ley General en Materia de Seguridad Privada.
  2. Reforma al artículo 74 (en materia de partidas secretas)
  3. Reforma el artículo 43 (en materia de la denominación del nombre oficial del estado de Veracruz y Michoacán).

De las reformas destaca la del artículo 74 relacionado con la eliminación de las partidas secretas del Presupuesto de Egresos de la Federación.

En la misma sesión la Cámara de Senadores dio primera lectura al dictamen de la Ley de la Fiscalía General de la República, pero no hay todavía consenso y se discute entre los Grupos Parlamentarios la negociación por la permanencia de la Fiscalía en los sistemas nacionales de búsqueda, protección a mujeres y a niñez.

Elección Extraordinaria en Nayarit:

La Cámara de Senadores, en un acontecimiento inédito en ese órgano legislativo del Congreso de la Unión, aprobó convocar a elección extraordinaria de una senadora o senador de la LXIV y LXV Legislaturas del Congreso de la Unión en Nayarit. En la convocatoria se establece que la elección extraordinaria se celebrará el 6 de junio de 2021, conforme a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y las disposiciones de la presente convocatoria. Asimismo, se precisa lo siguiente: 1) se elegirá una o un senador propietario y una o un senador suplente; 2) la calificación, cómputo y declaratoria de la elección por el estado de Nayarit se realizará de conformidad con las disposiciones federales correspondientes en materia electoral; 3) el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), ajustará los plazos previstos para que la realización de la elección extraordinaria se efectúe en la fecha indicada, con la finalidad de procurar la austeridad en el empleo de recursos materiales y humanos correspondientes a este tipo de ejercicios democráticos; 4) el INE dispondrá de lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; 5) quien obtenga la constancia correspondiente, una vez concluido el proceso en mención, rendirá la protesta como senadora o senador de la República ante el Pleno de la Cámara de Senadores; y, 6) las o los senadores, propietario y suplente, que resulten electos, concluirán su periodo constitucional al finalizar la LXV Legislatura del Congreso de la Unión.

En la declaración de vacante se menciona que la segunda fórmula de senadores por Nayarit estuvo integrada por Miguel Ángel Navarro Quintero, como propietario, y Daniel Sepúlveda Árcega, como suplente.

Sin embargo, el 27 de julio de 2018, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez al suplente Sepúlveda Árcega, por no cumplir con el requisito de elegibilidad consistente en no haber sido ministro de culto, al menos, en los cinco años anteriores a la elección.

Aunado a ello, el pasado 19 de noviembre de 2020, el Pleno del Senado autorizó la solicitud de licencia del senador Miguel Ángel Navarro Quintero, para separarse de su cargo por tiempo indefinido.

En la declaratoria de la Mesa Directiva se explica que, por la licencia otorgada a Navarro Quintero y la revocación de la constancia a Sepúlveda Árcega, se actualiza el supuesto de la ausencia de propietario y del suplente de la fórmula correspondiente.

En este sentido, se menciona que le corresponde al titular de la Mesa Directiva velar por la debida integración de la Cámara de Senadores.

Asimismo, la fracción IV del artículo 77 de la Constitución Política, faculta a cada Cámara, sin la intervención de la otra, expedir convocatoria, dentro del término de 30 días a partir de que ocurra la vacante, para elecciones extraordinarias que deberán celebrarse dentro de los 90 días siguientes.

Tan seguros están los de MORENA de ganar la gubernatura del estado de Nayarit, en el supuesto de que la pierdan, entonces el senador Navarro Quintero, no podrá regresar a ocupar el cargo de Senador.

Igualdad Salarial entre hombres y Mujeres:

La Cámara de Senadores aprobó una serie de reformas a 13 ordenamientos legales con el objetivo de garantizar la igualdad salarial y no discriminación entre mujeres y hombres.

Entre las propuestas de modificación destacan las siguientes:

  1. La integración de las figuras y definiciones de: a) la brecha de género, como la que muestra la distancia existente entre mujeres y hombres respecto a un mismo indicador. Se utiliza para reflejar la brecha existente entre los sexos respecto a las oportunidades de acceso y control de recursos políticos, económicos, sociales, culturales, entre otros. Estos indicadores de forma enunciativa más no limitativa pueden ser los siguientes: el salario, la ocupación laboral, la participación política, los servicios de salud, la educación, la violencia contra las mujeres y las niñas, el acceso a la justicia, entre otros; b) el certificado de Igualdad Laboral de Género y No Discriminación, como el documento, estímulo, certificado, distinción o regulación que promueve la autoridad competente a los centros de trabajo de los ámbitos público, privado y social para acreditar que cuentan con prácticas de igualdad de género y no discriminación que favorecen el desarrollo integral de sus personas trabajadoras; y, c) la igualdad salarial, como la remuneración que será siempre igual por un trabajo de igual valor, sin distinguir el sexo, el género, la raza, la identidad de género, la orientación sexual, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica.
  2. En el marco de la igualdad entre mujeres y hombres que implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo, comprenderá el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, que significa fijar las mismas remuneraciones globales y elementos que componen a éstas para trabajos iguales o a los que se atribuya el mismo valor; lo anterior implicará evaluar los trabajos y sus remuneraciones mediante criterios objetivos que contemplen como factores las competencias, calificaciones, responsabilidades, funciones, cargas de trabajo, necesidad de formación, esfuerzos y condiciones de trabajo, y eliminar cualquier discriminación o cualquier posible impacto negativo sobre la remuneración de la situación familiar, de las responsabilidades familiares y de cuidados y de cualesquier otras situaciones o características asociadas con el sexo o el género de la persona trabajadora y,
  3. Facultar a las presidencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral para implementar una política de perspectiva de género, igualdad y no discriminación, de forma transversal y equitativa en el desempeño de sus atribuciones, programas y acciones, con el objeto de garantizar a las mujeres y hombres, el ejercicio y goce de sus derechos humanos, en igualdad de condiciones y velará por que los órganos a su cargo así lo hagan; y, diseñar políticas públicas para lograr la igualdad sustantiva, laboral y salarial entre mujeres y hombres, debiendo garantizar la igualdad sustantiva y el trabajo digno, y atendiendo al principio de igualdad salarial.

Esperamos que con la reforma se fortalezcan los mecanismos para sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género y se avance para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las y los trabajadores en condiciones de igualdad y no discriminación. Con la reforma se pone en marcha un motor de la competitividad, la igualdad salarial significa garantizar el derecho de las mujeres a vivir con las mismas oportunidades que los hombres, abatir los rezagos, las desventajas estructurales y algunas de las formas de violencia que enfrentan las mujeres en la vida laboral. La reforma aprobada se turnó a la Cámara de Diputados para que continúe su proceso legislativo.

Regulación del Cannabis

Para cumplir un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que en 2018 consideró inconstitucional su prohibición, la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones y la regresa a la Cámara de Senadores la Minuta que pretende regular el uso del cannabis.

La legislación autoriza el consumo de marihuana con fines recreativos a personas mayores de 18 años.

Prohíbe fumar frente a menores, consumir marihuana en escuelas, puestos de trabajo y en todos aquellos espacios donde no se permita fumar tabaco, como los restaurantes.

No permite afectar con el humo a terceros, solo se podrá fumar en casa o en asociaciones de cannabis

Se permite poseer hasta los 28 gramos. En caso de portar entre 28 y 200 gramos, se contemplan multas máximas de 10 mil 754 pesos, portar más de 200 gramos conlleva penas de prisión. Estas penas pueden llegar a los 15 años en caso de superar los 5,6 kilos de marihuana.

Permite que una persona pueda cultivar en el interior de su vivienda seis plantas de cannabis para consumo personal con fines lúdicos.

En caso de que en la residencia viva más de un consumidor de marihuana se podrá cultivar un máximo de ocho plantas, las cuales no pueden salir del domicilio.

Se tramitarán licencias para la constitución de asociaciones de cannabis que, sin fines de lucro, cultiven plantas para el consumo lúdico de sus socios.

Las asociaciones no podrán rebasar un máximo autorizado de 20 miembros, ninguno de los cuales puede tener antecedentes penales por narcotráfico o delincuencia organizada, y no pueden superar el cultivo de 50 plantas de cannabis.

No pueden suministrar marihuana a personas externas de la asociación, ni vender alcohol en su interior ni publicitar el consumo de cannabis.

Pueden operar mediante licencias establecimientos para la venta de marihuana y derivados con fines recreativos.

Se prohíbe la entrada de menores de edad a estos locales y sus trabajadores deben informar a los clientes sobre los efectos y riesgos del cannabis.

También se prohíbe la venta de productos mezclados que aumenten los efectos de la marihuana y de concentradores para vaporización, así como vender cannabis por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono o internet.

Tampoco se permite cualquier acto de propaganda del consumo de marihuana ni importar o exportar cannabis psicoactivo.

Para cultivar y distribuir cáñamo industrial, variantes de la planta del cannabis con las que se pueden elaborar textiles, papel, aceites y combustibles será la Secretaría de Agricultura la que otorgue los permisos respectivos.

Sobre la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis, aprobado por la Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados prevé que la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) se encargue de los reglamentos y licencias sobre marihuana.

Nos leemos la próxima semana desde los pasillos del Congreso.

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