7 de octubre de 2024

Agencias de la ONU llaman a medir el uso de la fuerza contra migrantes en la Frontera Sur

GMx

El incremento de elementos del Instituto Nacional de Migración (INM) y la Guardia Nacional a lo largo de la frontera sur de México con el objetivo de realizar tareas de verificación y control migratorio debe respetar los derechos humanos de las personas migrantes y solicitantes de asilo, apuntaron hoy cuatro agencias de la ONU.

La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) reconocen la actuación del INM en suspensión de funciones y la aplicación de medidas para la investigación de funcionarios que estarían involucrados en acciones que implicaron un uso excesivo de la fuerza.

Asimismo, la continuación de los operativos por parte del INM y la Guardia Nacional hacen necesario un llamado a la implementación de medidas inmediatas de prevención, de no repetición y rendición de cuentas, y a avanzar con la investigación de los casos de violaciones de uso de la fuerza y sancionar a quienes resulten responsables. En toda investigación se deben tomar en cuenta los informes sobre uso de la fuerza, los protocolos de actuación, la cadena de mando y las órdenes operativas bajo las cuales desplegaron a sus elementos, y deben incorporar la perspectiva de género.

Para ACNUR, OIM y ONU-DH resultan profundamente preocupantes las imágenes mostradas en los videos difundidos en medios de comunicación el pasado 28 de agosto que muestran a elementos del INM haciendo un uso de la fuerza en contra de personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo -incluyendo niñas y niños-, contrario a los estándares internacionales en la materia, en presencia de elementos de la Guardia Nacional.

Además, preocupa la información recibida por las Agencias sobre amenazas que habrían recibido defensores y defensoras de derechos humanos que están documentando la situación humanitaria y de derechos humanos de las personas migrantes. Cabe reiterar que su labor de defensa es fundamental para la promoción y protección de los derechos humanos de personas migrantes y solicitantes de asilo.

Lo ocurrido en Chiapas el pasado fin de semana es una muestra más de la necesidad de fortalecer la capacidad de COMAR para los procesos de asilo y de establecer alternativas migratorias que garanticen los derechos humanos de las personas migrantes, en línea con el Marco Integral Regional para Protección y Soluciones (MIRPS), el Pacto Mundial para los Refugiados y el Pacto Global para una Migración Segura, Ordenada y Regular del que México es parte y país campeón.

Las referidas agencias de Naciones Unidas reiteran su recomendación de garantizar que las prácticas de gestión migratoria, en particular los controles fronterizos, permitan identificar de manera efectiva a las personas que tienen necesidades de protección y brindar acceso a los procedimientos pertinentes para lo cual resulta fundamental ofrecer alternativas de migración regular para personas que no necesitan protección internacional, con el fin de no sobrecargar los sistemas de asilo.

Las Agencias tienen presente que el marco legal mexicano contempla el respeto irrestricto de los derechos humanos de las personas migrantes, nacionales y extranjeras, sea cual sea su origen, nacionalidad, género, etnia, edad y situación migratoria, con especial atención a grupos vulnerables como niños, niñas, mujeres, indígenas, adolescentes y personas de la tercera edad, así como a víctimas del delito.

Las Agencias recuerdan que las políticas de control migratorio deben aplicarse a la luz de estándares internacionales de derechos humanos, en especial, los relativos a la protección de los derechos de las personas migrantes y solicitantes de asilo, independientemente de su estatus migratorio, y los relativos al uso de la fuerza. Bajo el derecho internacional de los derechos humanos, el uso de la fuerza es una medida excepcional que debe regirse por los principios de legalidad, absoluta necesidad, proporcionalidad, precaución, no discriminación y rendición de cuentas, atendiendo a la perspectiva de género y la protección de niñas, niños y adolescentes.

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