27 de mayo de 2023

Sentencian a militar acusado de desaparición

México.-En un fallo histórico, un juez federal dictó la primera sentencia en contra de un militar acusado del delito de desaparición forzada de personas, quien fue condenado a 31 años y tres de meses de prisión por privar de la libertad a una persona en mayo de 2012, en el municipio de Los Herreras, en el estado de Nuevo León.
La resolución fue dictada por el Juez Primero de Distrito en Materia Penal de Nuevo León, Eustacio Esteban Salinas, dentro de la causa penal 104/2013 que inició la Procuraduría General de la República (PGR) en contra del subteniente de Infantería del Ejército, Danny Hernández Sánchez.
Se trata de la segunda condena que se emite en Nuevo León en contra de un militar implicado en violaciones a derechos humanos en agravio de civiles, ya que el pasado 15 de julio, el cabo de Caballería, Juan Ortiz, fue condenado a prisión por el doble homicidio de la pareja conformada por Rocío Elías Garza y su esposo, Juan Carlos Peña Chavarría, asesinatos cometidos el 3 de marzo del año 2010 en el municipio de Anáhuac, Nuevo León.
De acuerdo con el fallo por el delito de desaparición forzada, la PGR logró acreditar la responsabilidad del oficial castrense en el secuestro y desaparición forzada de una persona, la cual fue vista por última vez el 20 de mayo de 2012 cuando fue detenida de manera ilegal por Hernández Sánchez, actualmente preso en el Campo Militar Número Uno.
El militar fue destituido del cargo e inhabilitado para desempeñar otra función en el servicio público por un periodo de 15 años y tres meses, tanto al interior de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) como en cualquier otra dependencia de la Federación.
Ambas penas están previstas en el Código Penal Federal, que prevé y castiga el delito de desaparición forzada de personas, ilícito que sólo puede ser cometido por servidores públicos pertenecientes a los cuerpos de seguridad o a las Fuerzas Armadas.
En su sentencia, el juez Salinas Wolberg destacó que su resolución se basó “en la grave afectación sufrida por la víctima de desaparición, la cual vio afectada su integridad física, su libertad personal y su derecho a la vida”.
En el fallo se advierte que el delito de desaparición forzada también afecta a los familiares de las víctimas directas, los cuales sufren la ausencia de un ser querido, la falta de información sobre su paradero y la violación del derecho a la verdad, ya que el responsable del ilícito se niega a reconocer que pasó con la persona privada de su libertad.
El juzgador federal deslindó al Ejército de la conducta ilícita, con el argumento de que las propias Fuerzas Armadas sufren un perjuicio frente a la población que protegen y salvaguardan ante estas conductas aisladas.

por EL UNIVERSAL

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