28 de marzo de 2024

Retachan regulación de autos chocolate y cobro de agua en el sector agrícola

GMx

El Senado de la República aprobó con cambios la Ley de Ingresos de la Federación, la miscelánea fiscal y las reformas a la Ley Federal de Derechos, que forman parte del Paquete Económico del 2020.

Con 59 votos a favor, 32 en contra y cinco abstenciones, los senadores avalaron en lo general la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, que no incluye nuevos impuestos, ni aumentos a los vigentes.

DESCARTAN REGULARIZACIÓN DE “AUTOS CHOCOLATE”

El Pleno aceptó la propuesta que presentó la senadora Rocío Adriana Abreu Artiñano, a nombre de Morena, para suprimir el artículo Décimo Quinto transitorio de la Ley, planteado por la colegisladora para regularizar a los vehículos importados usados, localizados en territorio nacional que no hayan cumplido con la Ley Aduanera, también llamados “autos chocolate”.

Además, se realizaron los ajustes pertinentes en el artículo Primero de la Ley de Ingresos, derivados de la eliminación del pago de derechos por el uso de aguas nacionales en el sector agrícola.

Se agregó un transitorio Décimo Sexto para promover el saneamiento de los créditos adeudados por conceptos de cuotas obrero-patronales, por parte de estados, municipios y organismos descentralizados. Para ello, se autoriza al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a suscribir en 2020, convenios para que el pago pueda realizarse en parcialidades, en un plazo máximo de hasta seis años.

Esta propuesta, realizada por el senador Miguel Ángel Lucero Olivas, del PT, también estípula que las participaciones federales servirán como fuente de pago de los importes convenidos, por lo que la Secretaría de Hacienda retendrá de ese rubro el monto correspondiente a las parcialidades y realizará la transferencia de esos pagos al IMSS, a fin de garantizar la adecuada financiación de los servicios de salud y de seguridad social.

Del mismo, la asamblea eliminó del artículo Sétimo transitorio del dictamen la redacción relativa al contenido de los lineamientos que debería emitir la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los recursos que no hayan sido devengados o pagados por entidades federativas y los municipios.

Con 51 a favor, 17 en contra y seis abstenciones la Ley de Ingresos se aprobó en lo particular y fue remitida a la colegisladora.

ELIMINAN COBRO DE DERECHOS POR USO DE AGUA EN SECTOR AGRÍCOLA

En lo general, el Pleno aprobó -con 71 votos a favor, 37 en contra y siete abstenciones- los artículos no reservados de la Ley Federal de Derechos. En lo particular, rechazó las propuestas de modificación a los artículos 23, 24, 173-C, 191-A, 192-A, 232-C, 271, 275 y 278-A, por lo que se ratificaron en los términos del dictamen, con 61 a favor y 38 en contra.

A propuesta de los senadores Lilly Téllez y José Narro Céspedes, de Morena, la asamblea eliminó los cambios planteados por los diputados a los artículos 223, 224 y 225, así como al Primero y Quinto transitorios, para el cobro de derechos por el uso o aprovechamiento de aguas nacionales en el sector agrícola y pecuario.

También aceptaron las reservas de la senadora Freyda Marybel Villegas Canché, de la misma bancada, para que en el artículo 8 Fracción I, permanezca el texto vigente de la Ley, a fin de mantener en 558 pesos el cobro a extranjeros por la obtención del documento migratorio que acredita la condición de estancia de “visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”.

De esta manera, se suprimió el aumento que la colegisladora había establecido para que este pago fuera de 855 pesos.

También avalaron que en el artículo 11 se precise que no se pagarán los derechos señalados en el artículo 8 de la Ley, cuando los extranjeros permanezcan en territorio nacional en las condiciones de estadías siguientes: residente temporal estudiante y cuando sea bajo los convenios de cooperación o intercambio educativo, cultural y científico.

Tampoco se pagarán cuando ingresen a territorio nacional vía terrestre y siempre que su estancia no exceda los siete días. En caso de que se exceda este período, el derecho se pagará al momento de la salida del territorio nacional.

Los senadores respaldaron en el artículo 12 que la cuota que cobra el Instituto Nacional de Migración (INM) en aeropuertos, a pasajeros de vuelos internacionales que abandonan el territorio nacional, sea de 149.02 pesos en lugar de 380, como lo consideraron los diputados. En la actualidad los extranjeros deben desembolsar 77.91 pesos por este concepto.

En el artículo 18-A se incluyó que de los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho de “visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, 20 por ciento se destinará al INM para mejorar los servicios que proporciona.

Se acordó que el 80 por ciento restante, se invertirá en estudios, proyectos e inversión en infraestructura, que determine el Gobierno Federal, para conectar, fortalecer y generar accesibilidad, y para iniciar o mejorar los destinos turísticos del país, entre otros.

Se aprueba en lo general y en lo particular el dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

Luego de aprobarse en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos fue devuelta a la Cámara de Diputados.

REDUCEN TASA DE RETENCIÓN DEL ISR PARA PLATAFORMAS DIGITALES

La Cámara de Senadores avaló en lo general y los artículos no reservados -con 59 voto en pro, 34 en contra y siete abstenciones- la miscelánea fiscal, que incluye reformas a las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, al Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, así como al Código Fiscal de la Federación.

En lo particular, el Pleno aprobó en los términos del dictamen -con 61 votos a favor, 30 en contra y dos abstenciones- diversos artículos reservados que no fueron modificados.

También aceptó un cambio planteado por la senadora del PES, Sasil de León Villard, al artículo 113 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para aplicar una tasa de retención máxima del 5.4 por ciento por los ingresos que reciben los contribuyentes que enajenan bienes o prestan servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas o aplicaciones, y no del 15 por ciento como lo proponía la minuta.

Se modificaron, a propuesta del senador Ricardo Monreal, las disposiciones transitorias de las leyes del ISR y del IVA, a fin de que, a más tardar el 31 de enero de 2020, en lugar del 1 de marzo, como lo propuso la colegisladora, el Servicio de Administración Tributaria emita las reglas de carácter general para los capítulos relativos a la prestación de servicios de plataformas digitales residentes en el extranjero, que no tienen establecimiento en México.

Además, aprobó una modificación al artículo 74-B de la Ley del ISR, presentada por la senadora de Morena, Susana Harp Iturribarría, la cual eliminó dos candados que impedían que los ejidatarios y comuneros, así como ejidos y comunidades que formen parte de otra persona moral, fueran beneficiados con una reducción del 30 por ciento del ISR.

El senador Ernesto Pérez Astorga también presentó una reserva que fue aprobada, la cual modifica el artículo 26, Fracción III del Código Fiscal de la Federación para que los directores, gerentes o administradores de las personas morales, sean responsables solidarios por las contribuciones causadas o no retenidas por éstas durante su gestión, cuando incurran en conductas graves como no solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes o no llevan la contabilidad, la oculten o la destruyan, entre otros supuestos.

Tras aprobarse en lo general y en lo particular, la Mesa Directiva envió la Miscelánea Fiscal, con los cambios aprobados, a la Cámara de Diputados.

Las reformas a diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos se aprobaron con 67 votos a favor y 42, por lo que la Mesa Directiva envió el proyecto al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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