23 de noviembre de 2024

Hoy en el Congreso: De la GN a la Ley de Ingresos

Eduardo García Polinciano

Buen inicio de semana, estimado lector estos fueron algunos de los temas de interés que se suscitaron en las cámaras del Congreso de la Unión.

Guardia Nacional

Se aprobó en el Congreso de la Unión la reforma que le permite a las fuerzas armadas realizar labores de seguridad pública hasta 2024, ahora la pelota está en los congresos locales y se espera que no tenga problema para que sean ratificadas por la mayoría absoluta (la mitad más una) de las legislaturas de las entidades federativas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación por el Ejecutivo Federal para culminar su proceso legislativo.

Con la reforma o sin ella México seguirá siendo un país inseguro, la “estrategia” de la actual administración es fallida, y el enfoque con el que se enfrenta el crimen, la impunidad y la violencia está condenado al fracaso.

Dicen los legisladores que apoyaron la reforma que ahora sí hay garantías de que van a rendir cuentas desde la Secretaría de la Defensa Nacional.

Pero en días pasados, y ante al hackeo del que fue víctima la Sedena por parte del grupo Guacamaya, la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados ha buscado reunirse con el general Luis Cresencio Sandoval González, a fin de que explique los alcances que tiene esta vulneración y las medidas que se están tomando en la materia.

Pero el titular de la Sedena rechazó acudir a la Cámara de Diputados pese a ser llamado por la Comisión de la Defensa Nacional en cambio, el funcionario federal citó a los legisladores para que el próximo 18 de octubre para que se reúnan de manera privada en las oficinas de la dependencia.

Como se ve, la disposición de las fuerzas armada para ejercer transparencia y rendir cuenta, no las hay, ni las habrá, aunque la constitución lo establezca.

Ley de Ingresos

De acuerdo a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Ley de Ingresos deberá ser aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre.

Por lo anterior, el lunes 17 de octubre la Comisión de Hacienda y Crédito Público se reunirá con el procurador Fiscal, Félix Arturo Medina Padilla y el subsecretario de la SHCP, Gabriel Yorio, para analizar la Ley de Ingresos y los Criterios Generales de Política Económica 2023, que el Pleno cameral debe votar a más tardar el 20 de octubre, Esta semana es la ruta final en el tema de la Ley de Ingresos; y respecto al PEF 2023, la demanda de los legisladores es que haya recursos suficientes para el tema de seguridad, educación y salud, específicamente revisar el funcionamiento del IMSS Bienestar para contemplar su impacto en el presupuesto.

Además van a analizar el tema de la primera infancia, la atención de grupos vulnerables y el rubro de género.

Ardua tarea se espera en la semana en la cámara.

Terapias de orientación sexual

En la semana la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IX denominado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas al Título Octavo, en el que se reforma el artículo 209 Ter y se adiciona el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.

El Pleno del Senado aprobó sancionar las prácticas que pretenden corregir la orientación sexual de las personas.

Establecieron lo siguiente:1) castigar con prisión de dos a seis años y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona; 2) incrementar al doble la sanción cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad; 3) aplicar la pena de amonestación o apercibimiento a consideración del juez cuando sean el padre, madre o tutor de la víctima quienes incurran en las conductas sancionadas; y, 4) puntualizar que las personas profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas, quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona serán sancionadas conforme a lo dispuesto por el artículo 209 Ter del Código Penal Federal, serán suspendidas en el ejercicio profesional de uno a tres años; y, en caso de reincidencia se impondrá la prohibición definitiva del ejercicio profesional correspondiente, con la cancelación del registro de la cédula profesional.

Nos leemos próximamente desde los pasillos del Congreso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

LA FERIA:La patria

Sr. López De tía Victoria ya sabe usted que tuvo más colchones que la cadena Sheraton; nunca casada, sin hijos; toluqueña, guapa de joven y